El uso de las monedas comunales está institucionalizado por la Ley del Sistema Económico Comunal. Mediante esta ley las diversas comunidades productivas locales y regionales están autorizadas a crear su propia moneda como “instrumento que permite y facilite el intercambio de saberse, bienes y servicios
El Caribe no puede ser negociada en otro espacio distinto al ámbito donde se desarrollara la actividad económica
EL Caribe debe ser adquirida en Bolívares a través de transferencia u otras transacciones electrónicas con el IMC
El Caribe debe ser canjeada en las oficinas del IMCP por los productores, comercios, CLAP, etc. debidamente registrados en la data de las verbenas y clientes participantes
El monto del canje será abonado en cuenta del productor o comercio a través de operaciones de transferencia desde el IMCP
Dentro de las operaciones de transferencia se cobrará una comisión de 3% al cliente por el canje del caribe, representando una disminución en las tarifas especulativas de las mafias por el cobro de efectivo y puntos de venta electrónicos